Como el Gobierno de España reasigna dominios ya registrados de extensión .es

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La entidad pública empresarial Red.es ha decidido recientemente reasignar el dominio cnmc.es, las siglas del superregulador Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que el Gobierno está a punto de poner en marcha. Para ello, la entidad ha comunicado al titular del nombre de dominio que éste tiene «un interés general excepcional» y ha iniciado los trámites para retirárselo, con el fin de cedérselo al futuro organismo superior de regulación.

Red.es dictó el 29 de octubre de 2012 una normativa que intervenía en la gestión de los dominios .es, introduciendo el concepto de “interés general” y proponiéndolo como motivo para que el Estado pueda reclamar un nombre de domino para sí. Se trata del ‘Procedimiento de reasignación para nombres de dominio de excepcional interés general’ ( PDF), que permite al organismo que gestiona esta cuestión retirar una dirección web y reasignarla a quien corresponda. Por ahora, la entidad pública empresarial ha hecho uso de sus nuevas facultades en dos ocasiones desde el establecimiento del procedimiento.
Otro caso similar fue el de Sareb.es, que ahora aloja la página de la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria; en términos comunes, el llamado banco malo. Ambos dominios han sido retirados a sus dueños porque existía un interés general excepcional que los requería. Ésta es la figura legal que se utiliza y, según el procedimiento, se aplica a los nombres de dominio que “han podido ser asignados a particulares o entidades privadas que no representan el interés general implícito al nombre de dominio en cuestión, por lo que resulta conveniente que puedan ser reasignados al sujeto que represente el citado interés general”.

El procedimiento de octubre de 2012 apunta textualmente: “ El Presidente de Red.es podrá establecer mediante resolución motivada que un nombre de dominio .es presenta interés general”. Señala que existen nombres en los que este aspecto está presente, pero no se encuentran protegidos por no estar asociados directamente a denominaciones oficiales, como órganos constitucionales o instituciones estatales.

“Estos nombres de dominio que revisten interés general han podido ser asignados a particulares o entidades privadas que no representan el interés general implícito al nombre de dominio en cuestión, por lo que resulta conveniente que puedan ser reasignados al sujeto que represente el citado interés general”, reza el procedimiento. El problema está en la arbitrariedad que sugiere este criterio. “Red.es decide en cada momento si lo quita o no lo quita. Sin ningún tipo de compensación. Ellos entienden que lo tienen que quitar por los motivos que sea, que pueden ser razonables o no razonables o ser jurídicamente aceptables o no”, comenta Víctor Domingo, presidente de la Asociación de Internautas, cuya petición para hacerse con el dominio .es tardó más de cinco años en ser aceptada.

A partir de noviembre de 2005 se produjo una liberalización de dominios .es que permitió ser más flexible a la hora de otorgarlos y abaratar su precio. El procedimiento de octubre de 2012 quizá sea la normativa más importante para los .es desde ese momento. “Se ha establecido un control sobre los dominios que es muy autoritario y da una cierta inseguridad jurídica”, señala Víctor Domingo.

Como opinión personal añadiré que todo esto no hace más generar desconfianza entre empresarios y marcas de España con la consecuencia de que opten por otras extensiónes como el .com u otras, antes que la de su propio país ya que no pueden asegurar que en un momento dado no les puedan quitar el dominio a ellos.

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