2ª edicion open talent

Bases 2ª Edición

BASES DEL PROGRAMA DE APOYO EMPRENDEDORES BBVA OPEN TALENT II EDICION

A continuación se detallan los términos y condiciones del “PROGRAMA APOYO EMPRENDEDORES BBVA OPEN TALENT” promovido por Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. (en adelante BBVA) con CIF. número A- 48265169 y con domicilio social en la Paseo de la Castellana 81, Madrid, con motivo de apoyar a proyectos o empresas en fases iniciales en el ámbito del desarrollo de proyectos o servicios innovadores de base tecnológica que beneficien el entorno empresarial o social, pudiendo llegar a convertirse BBVA en socio empresarial para la ejecución del proyecto seleccionado (en adelante “Programa”).

1. Periodo de vigencia

Del 1 de noviembre de 2009 a las 00:00 (hora peninsular española) al 31. de Mayo 2010 a las 24:00 horas (hora peninsular española), ambos inclusive, prorrogable por parte de BBVA comunicándolo debidamente.

2. Ámbito

Nacional e Internacional.

3. Modalidad

Programa de apoyo y fomento.

4. Derecho de participación

Podrá participar en el Programa cualquier persona física y/o jurídica (en adelante Emprendedor y/o Participante) que sea usuario de la página web www.bbvaopentalent.com y que esté interesado en contar con el apoyo de una Entidad del Grupo BBVA, según se define más adelante, como socio empresarial en su proyecto, dentro de los plazos y cumpliendo las condiciones establecidas en las presentes bases.

Cada Participante sólo podrá utilizar una única cuenta para dicho registro.

No podrán participar en el presente Programa los menores de 18 años.

Se valorará positivamente que el Participante disponga de una web dedicada a la empresa o iniciativa, donde la entidad del Grupo BBVA correspondiente, según se define más adelante, pueda conocer más detalle sobre la misma y desde la que se pueda votar a dicha iniciativa.

5. Valor y naturaleza del apoyo

5.1.- El Participante finalista del Programa podrá recibir el apoyo de BBVA y/o de cualquiera de las entidades del Grupo BBVA como socio empresarial en su proyecto a través de las acciones que se indican a continuación. A los efectos de este Programa se entenderá por “Grupo” el compuesto en cada momento por BBVA y sus sociedades controladas, en los términos del artículo 42 del Código de Comercio y, por “Entidad/es del Grupo BBVA” tanto a BBVA como a cualquiera de las referidas entidades.

Dicho apoyo podrá consistir en:

1)Posible entrada en el capital social de la persona jurídica (que ya exista o que se cree posteriormente a la selección del Participante finalista) y/o posible colaboración, en sus más amplios términos, con el Participante finalista, incluyendo con carácter exhaustivo y no limitativo, la participación en el desarrollo de propiedad intelectual y/o industrial, mediante la aportación, por una de las Entidades del Grupo BBVA, de hasta un máximo de cien mil euros (100.000 €), para cada uno de los tres (3) posibles Participantes finalistas que hayan llegado a un acuerdo con la Entidad del Grupo BBVA y, en función de las necesidades y negociaciones que se mantengan entre la Entidad del Grupo BBVA y el Participante finalista.

Cada Participante finalista se compromete a negociar con la Entidad del Grupo BBVA un acuerdo para que ésta participe junto con el Participante finalista en una sociedad conjunta (bien en una sociedad de nueva constitución, bien en una sociedad ya existente) y/o para tomar una participación en la misma.

A dichos efectos, el Participante finalista facilitará a la Entidad del Grupo BBVA cuanta información sea necesaria, así como la colaboración requerida por BBVA

y/o

2)Apoyo a la iniciativa y/o proyecto empresarial del Participante finalista mediante su difusión a través de “BBVA Opent Talent”.

La participación de BBVA en el capital de la entidad, a que se hace referencia más arriba (apartado 1) anterior), queda sujeta a las siguientes condiciones:

a)que la Entidad del Grupo BBVA haya realizado una auditoria legal, fiscal y contable de la entidad en la que vaya a participar, en el caso de que ya exista dicha entidad, y los resultados de la misma sean satisfactorios para dicha Entidad del Grupo BBVA, y

b)que la Entidad del Grupo BBVA y el Participante finalista lleguen a un acuerdo en cuanto a los contratos que sean necesarios formalizar (incluyendo los que regulen sus relaciones como socios).

En el supuesto de que durante el plazo de sesenta (60) días, no se hayan cumplido, a satisfacción de BBVA, las condiciones señaladas en el párrafo anterior, el Participante recibirá únicamente como apoyo la acción recogida en el punto 2) anterior.

El apoyo se limita a uno por CIF, pudiendo darse la posibilidad de que BBVA seleccione más de un proyecto al que se le ofrecerá el mismo apoyo recogido en este mismo punto 5.1 más arriba.

5.2.- Además del apoyo recogido en el punto 5.1 anterior, BBVA quiere compensar al Participante más votado por los usuarios con la posibilidad de asistir a un evento sobre emprendedurismo en EEUU, disfrutando de una estancia durante aproximadamente cinco (5) días en el lugar en que se celebre tal evento y de un billete de avión de ida y vuelta, todo ello para dos personas (siendo una de ellas el Participante más votado) y de forma gratuita. El resto de los gastos correrán por cuenta y cargo del Participante más votado que acepte tal asignación.

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